Incapacidad temporal o permanente
Te ayudamos a tramitar tu incapacidad (temporal o permanente) y a reclamar tus derechos ante el INSS o la mutua. Luchamos por tu bienestar.
Te apoyamos en:
- Reclamaciones por denegación de incapacidad
- Incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez
- Incapacidad temporal prolongada
- Impugnación de altas médicas
Qué nos diferencia:
Un enfoque técnico y humano, con atención personalizada en cada etapa del procedimiento.
Preguntas frecuentes sobre Incapacidad temporal o permanente
¿Cuál es la diferencia entre incapacidad temporal e incapacidad permanente? ❯
La incapacidad temporal (IT) se concede cuando una persona no puede trabajar de forma provisional debido a una enfermedad o accidente. La incapacidad permanente (IP), en cambio, se otorga cuando las secuelas impiden desarrollar la actividad laboral habitual o cualquier profesión, según el grado reconocido.
¿Qué grados de incapacidad permanente existen? ❯
En ADR Abogados te asesoramos en todos los niveles reconocidos por el INSS:
- Incapacidad permanente total: impide realizar tu trabajo habitual, pero permite otro diferente.
- Incapacidad permanente absoluta: imposibilita cualquier tipo de trabajo.
- Gran invalidez: cuando la persona necesita ayuda para las actividades básicas del día a día.
¿Qué hacer si el INSS o la mutua me deniegan la incapacidad? ❯
Si te rechazan la solicitud, en ADR Abogados te ayudamos a:
- Revisar el expediente médico y administrativo.
- Presentar una reclamación previa ante el INSS.
- Acudir a la vía judicial si es necesario para defender tus derechos.
¿Puedo reclamar si me dan el alta médica y no estoy recuperado? ❯
Sí. Si consideras que te han dado el alta médica sin estar en condiciones de reincorporarte al trabajo, podemos impugnar el alta. Presentamos las pruebas médicas necesarias y defendemos tu caso ante la mutua, el INSS y, si es necesario, en los tribunales.
¿Cómo puedo solicitar la incapacidad permanente? ❯
En ADR Abogados te ayudamos durante todo el proceso:
- Revisión de la documentación médica y del historial laboral.
- Presentación de la solicitud ante el INSS.
- Seguimiento del expediente y gestión de informes complementarios.
- Reclamación en caso de denegación para proteger tus derechos.
¿Qué plazos existen para reclamar una incapacidad denegada? ❯
El plazo para presentar una reclamación previa ante el INSS suele ser de 30 días hábiles desde la notificación de la resolución. Es importante actuar rápido para no perder tu derecho a reclamar.
¿Por qué elegir ADR Abogados para tramitar mi incapacidad? ❯
Porque ofrecemos un enfoque técnico y humano. Analizamos cada caso de forma personalizada, defendemos tus derechos frente al INSS o la mutua y te acompañamos en todo el procedimiento para asegurar el máximo reconocimiento y la mejor prestación posible.