Nuestros servicios

Incapacidad temporal o permanente

Te ayudamos a tramitar tu incapacidad (temporal o permanente) y a reclamar tus derechos ante el INSS o la mutua. Luchamos por tu bienestar.

Te apoyamos en:

  • Reclamaciones por denegación de incapacidad
  • Incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez
  • Incapacidad temporal prolongada
  • Impugnación de altas médicas
Imagen del servicio

Qué nos diferencia:

Un enfoque técnico y humano, con atención personalizada en cada etapa del procedimiento.

Preguntas frecuentes sobre Incapacidad temporal o permanente

¿Cuál es la diferencia entre incapacidad temporal e incapacidad permanente?

La incapacidad temporal (IT) se concede cuando una persona no puede trabajar de forma provisional debido a una enfermedad o accidente. La incapacidad permanente (IP), en cambio, se otorga cuando las secuelas impiden desarrollar la actividad laboral habitual o cualquier profesión, según el grado reconocido.

¿Qué grados de incapacidad permanente existen?

En ADR Abogados te asesoramos en todos los niveles reconocidos por el INSS:

  • Incapacidad permanente total: impide realizar tu trabajo habitual, pero permite otro diferente.
  • Incapacidad permanente absoluta: imposibilita cualquier tipo de trabajo.
  • Gran invalidez: cuando la persona necesita ayuda para las actividades básicas del día a día.

¿Qué hacer si el INSS o la mutua me deniegan la incapacidad?

Si te rechazan la solicitud, en ADR Abogados te ayudamos a:

  1. Revisar el expediente médico y administrativo.
  2. Presentar una reclamación previa ante el INSS.
  3. Acudir a la vía judicial si es necesario para defender tus derechos.

¿Puedo reclamar si me dan el alta médica y no estoy recuperado?

Sí. Si consideras que te han dado el alta médica sin estar en condiciones de reincorporarte al trabajo, podemos impugnar el alta. Presentamos las pruebas médicas necesarias y defendemos tu caso ante la mutua, el INSS y, si es necesario, en los tribunales.

¿Cómo puedo solicitar la incapacidad permanente?

En ADR Abogados te ayudamos durante todo el proceso:

  • Revisión de la documentación médica y del historial laboral.
  • Presentación de la solicitud ante el INSS.
  • Seguimiento del expediente y gestión de informes complementarios.
  • Reclamación en caso de denegación para proteger tus derechos.

¿Qué plazos existen para reclamar una incapacidad denegada?

El plazo para presentar una reclamación previa ante el INSS suele ser de 30 días hábiles desde la notificación de la resolución. Es importante actuar rápido para no perder tu derecho a reclamar.

¿Por qué elegir ADR Abogados para tramitar mi incapacidad?

Porque ofrecemos un enfoque técnico y humano. Analizamos cada caso de forma personalizada, defendemos tus derechos frente al INSS o la mutua y te acompañamos en todo el procedimiento para asegurar el máximo reconocimiento y la mejor prestación posible.